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22 de abril de 2008
,por Medrano, Marcela
A partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado abril de 2008 –con vencimiento en mayo de 2008– los sujetos comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico deberán abonar los siguientes importes con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud:
- Por el titular: $ 37.
- Por la incorporación a la cobertura de obra social de cada integrante del grupo familiar primario: $ 31.
Cabe aclarar que dichos importes incluyen el aporte al Fondo Solidario de Redistribución.
El incremento del... >
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14 de abril de 2008
,por Santos Romero, Analía
Desde el 1º de junio, las personas físicas podrán cancelar mediante tarjetas de crédito, las obligaciones vinculadas con el régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico y los anticipos de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.
La medida su implementada por la Resolución General Nº 2346, publicada el último viernes en el Boletín Oficial.
Asimismo, aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a efectuar el pago de sus obligaciones mediante transferencia electrónica de pagos (grandes contribuyentes) podrán optar por... >
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Dictamen Nº 57/2001 (D.A.L.)
1 de mayo de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMÉSTICO. Tratamiento aplicable}
MAYO DE 2001
COMENTARIO
En esta oportunidad se consulta sobre la situación actual de los aportes y contribuciones del personal del servicio doméstico.
Luego de analizar la normativa vigente, el Fisco concluyó que cuando se configuren los extremos establecidos por el Decreto Nº 326/56 para los trabajadores domésticos, estamos en presencia de una relación laboral dependiente, y por lo tanto los dadores de trabajo deberán realizar los aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y... >
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